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¿Puedo contratar al personal del servicio doméstico por mí mismo?

Evidentemente, Sí que puedes contratar a un@ emplead@ del hogar, pero deberás tener en cuenta que tendrás que hacer un contrato escrito al trabajador. Si necesitas ayuda, ven a vernos y te asesoraremos sobre qué cláusulas se ajustan mejor a tus necesidades, sin ningún tipo de compromiso por tu parte de contratar nuestros servicios. Si el trabajo para el que le contrata tiene una duración de más de 4 semanas y no es indefinido de jornada completa, estás obligado a realizar un contrato por escrito, que incluya cláusulas conteniendo las partes esenciales del mismo, sobre: datos de identificación del trabajador y empleador, duración y horario de la jornada, retribuciones, salario en especie, revisiones salariales, vacaciones, libranzas, tiempos de presencia, pernoctas, duración y causas de extinción del contrato.

 

Ver Guía Servicio del Hogar 2015: http://www.empleo.gob.es/es/portada/serviciohogar/masinformacion/ServicioHogar2015.pdf

Servicio domestico de Madrid

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