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Una vez firmado un contrato de servicio doméstico, ¿qué obligaciones tienes con el emplead@? 

Según el RDL 1620/2011, de 14 de noviembre, como empleador tienes la obligación de hacer entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del salario. Para que puedas cumplir con esta obligación que impone la ley, ponemos a tu disposición un sencillo programa de nóminas gratuito, con la contratación de cualquiera de nuestros servicios. De esta manera, ya no tendrás que preocuparte por cómo realizar el cálculo del salario mensual cuando hay pagos de horas extra y suplidos, deducciones por días de baja por enfermedad, descuentos por ausencias justificadas del trabajador, etc. Sólo tienes que registrate o enviarnos un mail y nosotros te proporcionamos una DEMO para que lo conozcas y, si te interesa,  adquierelo al precio señalado en nuestras tarifas.  

 

Para más información: http://www.empleo.gob.es/es/portada/serviciohogar/preguntas-frecuentes/retribuciones/index.htm

Servicio domestico de Madrid

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